La actuación de la Diputación del Común es GRATUITA y CONFIDENCIAL. No precisa la intervención de abogado, procurador o gestor. Las administraciones públicas canarias están obligadas a auxiliar con carácter urgente y preferente al Diputación del Común en el cumplimiento de sus funciones.

 

¿Cómo actúa la Adjuntía Especial entre Mujeres y Hombre y Violencia de Género?

  • Proteger y promover los derechos fundamentales y las libertades individuales de las mujeres frente a cualquier tipo de actuación de las administraciones públicas canarias, empresas, entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de las mismas.
  • Poner de manifiesto ante el Diputado del Común las discriminaciones por razón de género provocadas por actos o disposiciones administrativas.
  • Realizar investigaciones, documentar las quejas y emitir informes, propuestas de actuación y recomendaciones al Diputado del Común en materia de derechos de las mujeres, igualdad y violencia de género.
  • Área Transversal
  • Acciones concretas:
  • Brecha salarial
  • Igualdad efectiva entre mujeres y hombre
  • Delitos contra la libertad sexual
  • Discriminación laboral
  • Paridad en la participación política entre mujeres y hombres
  • Protección a las mujeres víctimas de violencia machista

 

En qué podemos intervenir

  • Retraso indebido en la actuación administrativa
  • Error o arbitrariedad en la aplicación de las normas
  • Silencio administrativo ante las peticiones ciudadanas
  • Trato incorrecto al ciudadano
  • Negativa injustificada a facilitar información
  • Inejecución de las propias resoluciones adoptadas
  • Defensa de colectivos vulnerables
  • Asesoramiento jurídico

En qué no podemos intervenir

  • Conflictos entre particulares
  • Asuntos pendientes del Juzgado
  • Asuntos con sentencia judicial
  • Quejas anónimas
  • Quejas planteadas con mala fe
  • Competencias del Estado: Defensor del Pueblo