La actuación de la Diputación del Común es GRATUITA y CONFIDENCIAL. No precisa la intervención de abogado, procurador o gestor. Las administraciones públicas canarias están obligadas a auxiliar con carácter urgente y preferente al Diputación del Común en el cumplimiento de sus funciones.
¿Cómo actúa la Adjuntía Especial entre Mujeres y Hombre y Violencia de Género?
- Proteger y promover los derechos fundamentales y las libertades individuales de las mujeres frente a cualquier tipo de actuación de las administraciones públicas canarias, empresas, entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de las mismas.
- Poner de manifiesto ante el Diputado del Común las discriminaciones por razón de género provocadas por actos o disposiciones administrativas.
- Realizar investigaciones, documentar las quejas y emitir informes, propuestas de actuación y recomendaciones al Diputado del Común en materia de derechos de las mujeres, igualdad y violencia de género.
- Área Transversal
- Acciones concretas:
- Brecha salarial
- Igualdad efectiva entre mujeres y hombre
- Delitos contra la libertad sexual
- Discriminación laboral
- Paridad en la participación política entre mujeres y hombres
- Protección a las mujeres víctimas de violencia machista
En qué podemos intervenir
- Retraso indebido en la actuación administrativa
- Error o arbitrariedad en la aplicación de las normas
- Silencio administrativo ante las peticiones ciudadanas
- Trato incorrecto al ciudadano
- Negativa injustificada a facilitar información
- Inejecución de las propias resoluciones adoptadas
- Defensa de colectivos vulnerables
- Asesoramiento jurídico
En qué no podemos intervenir
- Conflictos entre particulares
- Asuntos pendientes del Juzgado
- Asuntos con sentencia judicial
- Quejas anónimas
- Quejas planteadas con mala fe
- Competencias del Estado: Defensor del Pueblo